10 DIFERENCIAS ENTRE LOS INGRESOS CONTABLES Y FISCALES
Realizar el cierre contable implica revisar algunos temas tributarios, como lo es el determinar el impuesto de renta corriente que deberá asociarse a la utilidad contable antes de impuestos.
En este proceso de calcular el impuesto corriente surgen diferencias entre los ingresos del estado de resultados y los ingresos de la declaración de renta, ya que el sistema de reconocimiento y medición de los marcos técnicos normativos contables en ocasiones es distinto a las normas tributarias aplicables para determinar el impuesto de renta.
Es decir que, pueden existir ingresos que son fiscales pero que no se deben reconocer en la contabilidad, tal como sucede con los intereses presuntivos previstos en el artículo 35 del E.T.
También puede presentarse el caso de ingresos que han sido reconocidos y medidos en la contabilidad pero que NO hacen parte de los ingresos que deberán incluirse en la declaración de renta.
Es por ello que, en esta oportunidad, queremos compartirle 10 diferencias entre los ingresos contables y fiscales:
De conformidad con el artículo 28 del E.T. los siguientes ingresos NO deberán incluirse en la declaración de renta en el periodo del devengo contable sino en el momento en que se cumpla la regla de realización fiscal del ingreso y en las condiciones previstas en el Estatuto Tributario:
- Los ingresos por dividendos se realizarán cuando sean abonados en cuenta en calidad de exigibles, tal como lo indica el artículo 27 del E.T.
- Los ingresos provenientes de la venta de inmuebles se realizarán en la fecha de la escritura pública.
- Los intereses implícitos solo son ingresos contables y NO tendrán efectos fiscales, para efectos de la declaración de renta, solo se considerará el valor nominal de la transacción o factura o documento equivalente.
- Los ingresos derivados de la aplicación del método de participación patrimonial solo son ingresos contables, pero NO deberán incluirse en la declaración de renta.
- Los ingresos devengados contablemente por la medición a valor razonable, con cambios en resultados, son ingresos contables, pero NO deberán incluirse en la declaración de renta.
- Los ingresos originados en reversiones de provisiones asociadas a pasivos, que NO generaron gastos deducibles en periodos anteriores, son ingresos contables, pero NO deberán incluirse en la declaración de renta.
- ”Los ingresos por reversiones de deterioro acumulado de los activos y las previstas en el parágrafo del artículo 145del Estatuto Tributario”, que NO generaron gastos deducibles en periodos anteriores, son ingresos contables, pero NO deberán incluirse en la declaración de renta.
- ”Los pasivos por ingresos diferidos producto de programas de fidelización de clientes deberán ser reconocidos como ingresos en materia tributaria, a más tardar, en el siguiente período fiscal o en la fecha de caducidad de la obligación si este es menor.”
- “Los ingresos provenientes por contraprestación variable, entendida como aquella sometida a una condición –como, por ejemplo, desempeño en ventas, cumplimiento de metas, etc.–, no serán objeto del impuesto sobre la renta y complementarios sino hasta el momento en que se cumpla la condición.”
- “Los ingresos que de conformidad con los marcos técnicos normativos contables deban ser presentados dentro del otro resultado integral, no serán objeto del impuesto sobre la renta y complementarios, sino hasta el momento en que, de acuerdo con la técnica contable, deban ser presentados en el estado de resultados, o se reclasifique en el otro resultado integral contra un elemento del patrimonio, generando una ganancia para fines fiscales producto de la enajenación, liquidación o baja en cuentas del activo o pasivo cuando a ello haya lugar.”
Fuente: Artículo 28 del E.T.