CONSECUENCIAS DE MEDIR LA PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO AL COSTO REVALUADO
RESUMEN
Muchas disposiciones legales y tributarias son definidas a partir de la información contable de las empresas; es por eso que se hace necesario tener conciencia de las consecuencias que involucra la elección de una política contable y la importancia de la participación activa de la administración en estos asuntos que a veces se le atribuyen exclusivamente al departamento contable.
En esta oportunidad, estaremos analizando tres aspectos que deben considerarse, en el contexto de la relación costo-beneficio, al momento de elegir entre la política contable del costo o la revaluación para las partidas de propiedad planta y equipo.
La elección de una política contable, es un hecho que involucra no solo consecuencias contables, sino también financieras, legales y tributarias. Por ese motivo, es importantísimo que, a la hora de definir una política, esta sea el fruto de la socialización interdisciplinaria de un equipo de trabajo que este dirigido por la administración, donde participe activamente la gerencia de la empresa.
Con la entrada de las NIIF, muchas entidades decidieron ¨voluntariamente¨ medir los elementos de propiedad planta y equipo al costo revaluado. Contrataron un perito para realizar estudios técnicos sobre los bienes, considerando los beneficios que implica mejorar el patrimonio y en consecuencia algunos indicadores financieros como el endeudamiento, solvencia y autonomía. Sin embargo, algunos no tuvieron en cuenta otras consecuencias legales y tributarias que se derivan del crecimiento patrimonial.
Es fundamental que antes de elegir una política contable se estudie la relación costo – beneficio para escoger la opción que más favorece a la empresa. Me permito compartir algunos puntos que deben considerarse antes de aprobar la política de revaluación para los elementos de propiedad planta y equipo:
- Impacto de la depreciación en el resultado de los periodos futuros:
Los indicadores de endeudamiento, no son los únicos que se estudian para definir la viabilidad financiera en una licitación o la aprobación de un préstamo; también se analizan los indicadores de rentabilidad, la capacidad de generar flujos de efectivo, entre otros aspectos. Hay que entender que si bien es cierto, la revaluación de la propiedad planta y equipo puede aumentar el patrimonio, también es cierto que el gasto por depreciación que se origina en los activos revaluados es mayor, ya que la base depreciable bajo NIIF no es el costo histórico sino el costo revaluado (International Accounting Standards Boards – IASB, 2015).
Ese es el motivo por el cual muchas empresas que mejoraron sus indicadores de endeudamiento, ahora están sacrificando sus indicadores de rentabilidad. Si es tal la situación en su empresa, se recomienda replantear la política o analizar si procede el valor de salvamento para los activos revaluados.
- Costo de los estudios técnicos Vs el beneficio de la medición a costo revaluado
La política del costo revaluado implica que la empresa debe, en los periodos posteriores, hacer la revaluación con suficiente regularidad, garantizando que el valor en libros no sea significativamente diferente al valor razonable en la fecha sobre la que se informa. Si la empresa no necesita indicadores financieros para participar de licitaciones, solicitudes de préstamos u otros fines; no tiene sentido, en la relación costo – beneficio, someter la entidad al pago regular de estudios técnicos sobre la propiedad planta y equipo.
Algunos argumentan que solicitan los avalúos para mejorar la información financiera, porque los bienes se compraron hace mucho tiempo y el costo histórico no refleja el valor actual; pero hay que recordar, que la medición al costo es una de las opciones permitidas por el estándar y que las notas de revelación también son información financiera. En las notas a los estados financieros, se puede y se debe explicar que los activos están medidos al costo, la fecha de adquisición, y otros datos relevantes, de tal forma que el usuario cuente con la información completa para tomar sus decisiones.
Por otra parte, algunas entidades financieras no se conforman con los estados financieros, a veces solicitan información adicional sobre las propiedades, como los avalúos catastrales; también realizan visitas y ellos mismos practican los avalúos de las propiedades que van a respaldar sus créditos.
Hay que desafiar los paradigmas y evaluar con objetividad si el beneficio de la revaluación supera los costos de los estudios técnicos.
- Nombramiento de Revisor Fiscal por superar los 5.000 SMLMV de activos.
El parágrafo 2do del artículo 13 de la ley 43 de 1990 dice textualmente ¨ Será obligatorio tener Revisor Fiscal en todas las sociedades comerciales, de cualquier naturaleza, cuyos activos brutos a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior sean o excedan el equivalente de cinco mil salarios mínimos y/o cuyos ingresos brutos durante el año inmediatamente anterior sean o excedan al equivalente a tres mil salarios mínimos. (Congreso de la Republica de Colombia, 1990)
La norma que nos define los topes para la obligación de nombrar revisor fiscal, no es de fines tributarios; por lo tanto, los activos que se deben tener en cuenta no son los de la declaración de renta, sino los del estado de situación financiera; es decir, los activos bajo NIIF. En ese sentido, muchas empresas que no estaban obligadas a tener Revisor Fiscal, pero que adoptaron ¨voluntariamente¨ la revaluación como política para su propiedad planta y equipo, ahora si superan los topes.
Las empresas que, en virtud de la elección del costo revaluado como política superaron los topes, deberían haber nombrado el Revisor Fiscal en el año inmediatamente siguiente al año de aplicación; lo que implica también, que todas las declaraciones tributarias emitidas a partir de ese momento, deberían ir firmadas por el Revisor Fiscal según lo contemplado en el artículo 596 del Estatuto Tributario (Congreso de la Republica de Colombia, 2012). De esta manera, una política contable termina afectando las responsabilidades tributarias.
Estos son solo tres de muchos aspectos que deben analizarse en el comité, al momento de elegir una política contable. Por eso, según lo expresado anteriormente, en el comité NIIF deben participar no solo los funcionarios del departamento contable, sino también la gerencia y/o los representantes de la administración.
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