ELABORACION DEL FORMATO 1012 DE SALDOS DE CUENTAS BANCARIAS E INVERSIONES, TRES ASPECTOS A CONSIDERAR
El formato 1012 es uno de los formatos donde se reporta la información de las declaraciones tributarias.
En este formato se reporta la información de los saldos de las cuentas bancarias y las inversiones de la persona obligada a presentar la información exógena.
En esta oportunidad, veremos tres aspectos a considerar para elaborar el formato 1012, versión 7, así:
Personas obligadas a presentar el formato 1012.
De conformidad con el artículo 25 de la resolución 098 de 2020, estarán obligados a presentar el formato 1011 “Las personas naturales y sus asimiladas, las personas jurídicas y sus asimiladas y, demás entidades públicas y privadas enunciadas en los literales d), e), f), g), h) e i) del artículo 1 de la presente resolución”.
Es importante resaltar que, las personas que no superan los topes de ingresos pero que están obligadas a suministrar la información exógena por el simple hecho de tener la calidad de agentes de retención en la fuente, están obligadas a presentar el formato 1012.
Información a reportar en el formato 1012.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 25 de la resolución 098 de 2020, en este formato se reportará la siguiente información:
25.1. Información de los Saldos de Cuentas.
En el concepto 1110 se reportará el saldo de las cuentas corrientes y/o ahorro poseídas en el país y en el concepto 1115 el saldo de las cuentas corrientes y/o ahorro poseídas en el exterior.
25.2. Inversiones
a) Valor patrimonial a 31 de diciembre de las inversiones representadas en bonos, certificados a término, títulos, derechos fiduciarios y demás inversiones indicando la entidad emisora del título, país de residencia o domicilio y el NIT…
b) Valor patrimonial de las acciones o aportes poseídos a 31 de diciembre indicando razón social, NIT y país de residencia o domicilio de las sociedades de las cuales es socio, accionista, comunero y/o cooperado…
Conceptos a utilizar para reportar las inversiones.
En el concepto 1200 se reportará el valor patrimonial de los bonos.
En el concepto 1201 se reportará el valor patrimonial de los certificados de depósito.
En el concepto 1202 se reportará el valor patrimonial de los títulos.
En el concepto 1203 se reportará el valor patrimonial de los derechos fiduciarios.
En el concepto 1204 se reportará el valor patrimonial de las demás inversiones poseídas.
En el concepto 1206 se reportará el valor patrimonial de los criptoactivos.
Fuente: Artículo 25 de la resolución DIAN 098 de 2020, modificado mediante la resolución 147 de 2021.
Etiqueta:Articulos, Cuentas bancarias, Entrenateenniif, Exogena, Formato 1012, Formatos, Growing, Información exógena, Inversiones, NIIF, PYMES