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  • DOS ASPECTOS CLAVE PARA RECONOCER EL INGRESO POR CESANTÍAS EN LA DECLARACIÓN DE RENTA

DOS ASPECTOS CLAVE PARA RECONOCER EL INGRESO POR CESANTÍAS EN LA DECLARACIÓN DE RENTA

Desde el año 2017 se cambió el momento en el cual se deben incluir las cesantías como ingreso en la declaración de renta del trabajador. No tener esto claro puede conducir a omitir el ingreso de las cesantías, lo cual generaría la obligación de corregir la declaración y liquidar la correspondiente sanción de corrección.

 

Para evitar errores en cuanto al momento de realización del ingreso por concepto de cesantías, queremos compartir dos aspectos clave a tener en cuenta, así:

 

 

Cesantías consignadas al fondo de cesantías en el año 2021

Según el numeral 3 del artículo 27 del Estatuto Tributario, “Los ingresos por concepto de auxilio de cesantías y los intereses sobre cesantías, se entenderán realizados en el momento del pago del empleador directo al trabajador o en el momento de consignación al fondo de cesantías…”

 

De esta manera, aunque las cesantías se hayan consignado al fondo de cesantías y no se hayan pagado directamente al trabajador, deberán incluirse en la declaración de renta, porque el ingreso se entiende realizado para efectos fiscales.

 

 

Cesantías retiradas del fondo de cesantías en el año 2021

Hasta el año 2016 las cesantías que se consignaban al fondo de cesantías no se incluían como ingreso en la declaración de renta, el ingreso se entendía realizado fiscalmente cuando el trabajador retiraba las cesantías del fondo de cesantías y en ese año de retiro las incluía en la declaración de renta.

 

Considerando que las cesantías consignadas al fondo de cesantías antes del año 2017 no se declararon como ingreso en el año de la consignación, en el año en que el contribuyente retire las cesantías del fondo deberá incluirlas como ingreso en la declaración de renta.

 

Diferente sucede con las cesantías que se han consignado al fondo de cesantías desde el año 2017, las cuales se reconocieron como ingreso en el año de la consignación. Por lo tanto, en el año en que se retiren del fondo de cesantías NO deberán incluirse como ingreso en la declaración de renta.

 

 

Ejemplo. Una persona natural retiró cesantías por valor de $12.000.000 de las que tenía acumulada en el fondo de cesantías a 31 de diciembre de 2016 y retiró $7.000.000 de cesantías de las que se habían consignado al fondo desde el año 2017. ¿Deben declararse estas cesantías como ingreso en el año gravable 2021?

 

 

Solución: En este caso, los $12.000.000 de cesantías retiradas de las acumuladas a 31 de diciembre de 2016 deberán incluirse como ingreso en la declaración de renta del año gravable 2021; los $7.000.000 retirados del fondo de cesantías de las que se habían consignado a partir el año 2017 no deben incluirse como ingreso porque fueron declaradas en el año de la consignación.

 

 

 

 

Fuente: Numeral 3 del artículo 27 del Estatuto Tributario.

Etiqueta:Articulos, cesantias e intereses, Contabilidad Colombia, Declaracion de renta, Entrenateenniif, Growing, NIIF, PYMES, Residente Fiscal

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