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  • ASÍ SE CALCULA LA LIMITACIÓN DE LAS DEDUCCIONES Y RENTAS EXENTAS DE LA CÉDULA GENERAL

ASÍ SE CALCULA LA LIMITACIÓN DE LAS DEDUCCIONES Y RENTAS EXENTAS DE LA CÉDULA GENERAL

Las deducciones y rentas exentas que se solicitan en la cédula general del formulario 210, aplicable a personas naturales residentes fiscales en Colombia, están limitadas al 40% del ingreso neto y a las 5.040 UVT, según se estableció en el numeral 3 del artículo 336 del Estatuto Tributario.

 

Por lo tanto, es fundamental calcular adecuadamente este límite para conocer el valor máximo de rentas exentas y deducciones que podrán solicitarse en la declaración de renta.

 

Procedimiento para calcular el límite

Ingresos brutos por rentas de trabajo (casilla 32) $128.960.000

 

(+) Rentas de trabajo por honorarios y compensación de servicios personales (casilla 43) $47.400.000

(+) Ingresos brutos por rentas de capital (casilla 58) $14.055.000

(+) Ingresos brutos rentas no laborales (casilla 74) $0

(-) Ingresos no constitutivos de renta (casilla 33) $3.840.000

(-) Ingresos no constitutivos de renta (casilla 44) $2.617.000

(-) Ingresos no constitutivos de renta (casilla 59) $855.000

(-) Ingresos no constitutivos de renta (casilla 76) $0

(-) Devoluciones, rebajas y descuentos (casilla 75) $0

(-) Las rentas exentas a las que no les son aplicados los límites del cuarenta por ciento 40% o de cinco mil cuarenta 5. $16.000.000

 

(=) Base de cálculo de la limitación general de 40%: $167.103.000

 

Límite del 40%: $66.841.200 = ($167.103.000 X 40%)

Límite de las 5.040 UVT: $182.992.320 = (5.040 x $36.308)

 

El límite del 40% se compara con el límite de las 5.040 UVT y se toma el menor

 

Menor valor entre el límite del 40% y las 5.040 UVT: $66.841.200

 

(+) Las rentas exentas a las que no les son aplicados los límites del cuarenta por ciento 40% o de cinco mil cuarenta 5.040 UVT $16.000.000

(=) Límite a las rentas exentas y deducciones imputables a la renta líquida cédula general: $82.841.200

 

Así las cosas, si las suma de las rentas exentas y deducciones que se restan en las subcédulas de rentas de trabajo, de capital y rentas no laborales son de $85.000.000, el contribuyente solamente podrá solicitar deducciones y rentas exentas por valor de $82.841.000.

 

 

 

 

 

Fuente: Artículo 336 del Estatuto Tributario.

Etiqueta:��Deduccion, Articulos, Cedula general, Contabilidad Colombia, Deduccion, Entrenateenniif, Growing, NIIF, PYMES, Renta Exenta

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