DOS ASUNTOS A TENER EN CUENTA PARA REPORTAR LOS INVENTARIOS EN EL FORMATO 2517
Las personas naturales obligadas a llevar contabilidad deberán diligenciar en el formato de conciliación fiscal 2517 tanto el valor contable como el valor fiscal de los inventarios.
De igual forma, deberán informar tanto el deterioro contable como el deterioro fiscal de los inventarios.
Diligenciar este formato adecuadamente y de forma coherente es importante, toda vez que es un anexo de la declaración de renta y hace parte integral de la misma. Además, en este formato se revela información que la DIAN utiliza para fiscalizar al contribuyente.
Por esta razón, queremos compartirle dos asuntos a tener en cuenta para reportar los inventarios en el formato 2517, así:
Reporte de inventario en la hoja H 2 (ESF – Patrimonio) del formato 2517
En la hoja H 2 (ESF – Patrimonio) del formato 2517, desde la fila G61 hasta la fila G70, se incluye el valor contable de los inventarios, según corresponda.
Además, en la fila G71 de la hoja H 2 (ESF – Patrimonio), se diligencia el valor contable del deterioro acumulado del valor de los inventarios.
De acuerdo al párrafo 13.4 de la NIIF para PYMES, “Una entidad medirá los inventarios al importe menor entre el costo y el precio de venta estimado menos los costos de terminación y venta.”
Por esta razón, en algunos casos, se puede generar una pérdida (gasto) contable por medición al valor neto de realización de los inventarios. No obstante, para efectos tributarios, en el literal a) del numeral 1 del artículo 59 del Estatuto Tributario se dispuso un tratamiento diferente al decir que:
“1. Los siguientes costos, aunque devengados contablemente, generarán diferencias y su reconocimiento fiscal se hará en el momento en que lo determine este Estatuto y se cumpla con los requisitos para su procedencia previstos en este Estatuto:
a) Las pérdidas por deterioro de valor parcial del inventario por ajustes a valor neto de realización, solo serán deducibles al momento de la enajenación del inventario”
Ejemplo. Una entidad tiene 450 unidades del producto A con un costo unitario de $28.000 cada uno. El precio de venta para este producto era de $35.000, pero por algunas circunstancias, la entidad decidió bajar el precio de los inventarios y venderlos a $26.000.
Valor en libros y valor patrimonial: $12.600.000 = (450. X 28.000)
Nuevo valor en libros por medición al valor neto de realización: $11.700.000 = (450 X 26.000)
Pérdida (gasto) por medición al valor neto de realización: $900.000 = (12.600.000 – 11.700.000).
En este caso particular, en la fila G71 de la hoja H 2 (ESF – patrimonio), se incluyen los $900.000 como deterioro acumulado contable del valor de los inventarios.
Para efectos tributarios, ese valor no es aceptado. Por tal razón, en la fila I 71 de la hoja H 2 (ESF – patrimonio), se incluyen los $900.000 en la columna de menor valor fiscal.
Reporte del deterioro de inventarios en la hoja H 3 (ERI – Renta Líquida) del formato 2517
Siguiendo con nuestro ejemplo, en la celda H 178 de la hoja H 3 (ERI – Renta Líquida), se incluyen los $900.000 como deterioro contable del valor de los inventarios.
Para efectos tributarios, en la celda J 178 de la hoja H 3 (ERI – Renta Líquida), se incluyen los $900.000 en la columna de menor valor fiscal, toda vez que este valor no es aceptado fiscalmente.
Fuente: Artículo 59 del Estatuto Tributario y párrafo 13.4 de la NIIF para PYMES.
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