ASPECTOS A CONSIDERAR PARA EL REPORTE DE PROVISIONES (PASIVOS) EN EL FORMATO 2516
En el formato 2516 deberá informarse tanto el valor contable como el valor fiscal de los pasivos. No obstante, existen algunos valores que pueden ser pasivos contables y que no cumplen con los requisitos de la ley tributaria para ser aceptados en la declaración de renta.
Es por ello que, en esta oportunidad queremos compartirle dos aspectos a tener en cuenta al momento de reportar las provisiones (pasivos) en el formato 2516, así:
- Reporte en la hoja H 2 (ESF – Patrimonio) del formato 2516.
En la hoja H 2 (ESF – Patrimonio) del formato 2516, desde la celda G128 hasta la celda G190, se incluyen los valores de las provisiones contables, algunas de ellas son:
Provisiones para procesos legales (litigios y demandas).
Provisión para desmantelamientos, restauración y rehabilitación.
Provisiones para garantías.
Provisión para contratos onerosos.
Es relevante mencionar que, estas provisiones reconocidas en el pasivo contable No son aceptadas fiscalmente, porque en el artículo 286 del Estatuto Tributario se estableció que no tendrán el carácter de deudas los siguientes conceptos:
- Las provisiones y pasivos contingentes según lo define la técnica contable.
- Los pasivos laborales en los cuales el derecho no se encuentra consolidado en cabeza del trabajador, salvo la obligación de pensiones de jubilación e invalidez pensiones.
- El pasivo por impuesto diferido.
- En las operaciones de cobertura y de derivados no se reconoce la obligación por los ajustes de medición a valor razonable.”
Ejemplo. En el año 2021 una entidad reconoció una provisión por demandas y se estimó que el valor a pagar será de $9.000.000.
En este caso particular, en la hoja H 2 (ESF – Patrimonio) del formato 2516, en la fila G180, se incluye el valor de los $9.000.000 de la provisión contable, y en la fila I180, en la columna de menor valor fiscal, se incluyen los $9.000.000 que no son aceptados fiscalmente.
- Reporte en la hoja H 3 (ERI – Renta Líquida) del formato 2516.
Siguiendo con nuestro ejemplo, en la fila H329 de la hoja H 3 (ERI – Renta Líquida), se incluyen los $9.000.000 del gasto contable de la provisión. Este mismo valor se incluye en la celda J329 en la columna de menor valor fiscal, porque el gasto asociado al pasivo contable de la provisión no es deducible en la declaración de renta.
Fuente: Artículo 286 del Estatuto Tributario.