ASÍ SE REPORTA LA PLUSVALÍA O GOOD WILL EN EL FORMATO 2516 – CONCILIACIÓN FISCAL
En el formato 2516 deberá informarse el valor contable de la plusvalía o Good Will y su correspondiente amortización.
No obstante, en el Estatuto Tributario se estableció un tratamiento diferente al previsto en los marcos técnicos normativos contables, esto hace que se presenten diferencias entre la información contable y la fiscal.
Es por ello que, en esta oportunidad queremos compartirle dos aspectos a tener en cuenta al momento de reportar la plusvalía o Good Will en el formato 2516, así:
- Reporte en la hoja H 2 (ESF – Patrimonio) del formato 2516.
En la hoja H 2 (ESF – Patrimonio) del formato 2516, desde la celda G107 hasta la celda G110, se incluyen los valores contables de la plusvalía o Godd Will.
En la celda G111 se incluye el valor contable de las amortizaciones acumuladas de la plusvalía. Ver párrafo 18.19 y 18.20 de la NIIF para PYMES.
No obstante, para efectos tributarios deberá aplicarse lo previsto en el literal c del numeral 2 del artículo 74 del Estatuto Tributario, así:
“En el caso de adquisición de un establecimiento de comercio, la plusvalía corresponde a la diferencia entre el valor de enajenación del establecimiento y el valor patrimonial neto de los activos identificables del establecimiento. La plusvalía así determinada no es susceptible de ser amortizada…”
Ejemplo. Una entidad que aplica NIIF para PYMES tiene una plusvalía por valor de $80.000.000 generada por la adquisición de un establecimiento de comercio efectuada en años anteriores. Para efectos contables, la plusvalía se ha amortizado con vida útil de 10 años. La amortización acumulada es de $32.000.000 y el gasto amortización del año 2021 es de $8.000.000.
En este caso particular, en la hoja H 2 (ESF – Patrimonio) del formato 2516, en la fila G107, se incluye el valor de los $80.000.000 de la plusvalía.
En la celda G111, se incluye el valor de los $32.000.000 de amortización acumulada de la plusvalía.
Para efectos fiscales, en la celda I111, en la columna de menor valor fiscal, se incluyen los $8.000.000, porque en la declaración de renta no es aceptada esta amortización de plusvalía.
- Reporte en la hoja H 3 (ERI – Renta Líquida) del formato 2516.
Siguiendo con nuestro ejemplo, en la celda H223 de la hoja H 3 (ERI – Renta Líquida), se incluyen los $8.000.000 del gasto contable por amortización. Este mismo valor se incluye en la celda J223 en la columna de menor valor fiscal, porque el gasto de la amortización de la plusvalía no es deducible en la declaración de renta.
Fuente: Literal c del numeral 2 del artículo 74 del Estatuto Tributario; párrafos 18.19 y 18.20 de la NIIF para PYMES.