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CIRCULAR CON FECHAS LIMITES PARA ENVIAR A LA SUPERSOCIEDADES LOS ESTADOS FINANCIEROS 2017 BAJO NIIF

Apreciados colegas; por medio de la circular No 21-000004 la Supersociedades definió las fechas límites para el envió de los estados financieros correspondientes al año 2017 bajo NIIF.

En el documento también se definen otros anexos que deben ser enviados en formato PDF, dentro de los cuales se destacan las notas a los estados financieros que hacen parte integral de los mismos y que deben prepararse atendiendo los requisitos de revelación contenidos en los nuevos marcos técnicos normativos.

También se observa que solicitan la certificación de los estados financieros en los términos del Art 37 de la ley 222 de 1995;

ARTICULO 37. ESTADOS FINANCIEROS CERTIFICADOS. El representante legal y el contador público bajo cuya responsabilidad se hubiesen preparado los estados financieros deberán certificar aquellos que se pongan a disposición de los asociados o de terceros. La certificación consiste en declarar que se han verificado previamente las afirmaciones contenidas en ellos, conforme al reglamento, y que las mismas se han tomado fielmente de los libros.

Es decir; el contador debe dar fe pública, certificando  que los estados financieros fueron preparados de acuerdo a las NIIF que es el reglamento vigente.

Etiqueta:Articulos, Contabilidad Colombia, Entrenateenniif, Growing, NIIF, PYMES

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Raul Camacho

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