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CRITERIOS PARA MEDIR LOS DERECHOS DE USO Y EL PASIVO POR ARRENDAMIENTO BAJO NIIF 16

En un articulo anterior, explicábamos el cambio que trajo la NIIF 16 para la medición de arrendamientos operativos desde la perspectiva del arrendatario. En esta oportunidad vamos a explicar, cuales son los criterios para la medición del activo por derechos de uso y el pasivo por arrendamiento.

 

Pasivo por arrendamiento

Cuando firmamos un contrato de arrendamiento operativo, nos estamos comprometiendo financieramente a realizar unos pagos futuros. El criterio de medición lo encontramos en el párrafo 26 de la NIIF 16 así:

En la fecha de comienzo, un arrendatario medirá el pasivo por arrendamiento al valor presente de los pagos por arrendamiento que no se hayan pagado en esa fecha. Los pagos por arrendamiento se descontarán usando la tasa de interés implícita en el arrendamiento, si esa tasa pudiera determinarse fácilmente. Si esa tasa no puede determinarse fácilmente, el arrendatario utilizará la tasa incremental por préstamos del arrendatario.

La tasa implícita es la tasa pactada en el contrato o aquella que se puede calcular con base al valor razonable del activo. En la mayoría de los casos, simplemente se negocia un pago fijo y no se establecen intereses. Cuando no es posible calcular la tasa implícita fácilmente, se recomienda usar la tasa incremental; esta es la que cobraría un banco, por ejemplo, en las mismas condiciones de crédito. El objetivo aquí es reflejar financieramente el valor del dinero en el tiempo.

(La medición a valor presente se aprende realizando ejercicios, es nuestra experiencia y recomendación. Al final de este articulo, hay una invitación que podría interesarle si desea dominar este aspecto.)

En la medición posterior el pasivo aplicara el costo amortizado; es decir, incrementara el importe sumando los intereses causados y lo disminuirá con los pagos.

 

Activo por derechos de uso

Al inicio del arrendamiento, el arrendatario (quien toma el bien en arrendamiento), debe reconocer un activo intangible por los derechos de uso que se originan de la firma del contrato. El criterio de medición es el costo.

 

El costo del activo por derechos de uso comprende los siguientes elementos según leemos en el párrafo 24 de la NIIF 16:

La medición inicial del pasivo por arrendamiento.
Los pagos por arrendamiento menos los incentivos recibidos.
Los costos directos iniciales.
La estimación de los costos a incurrir por el arrendamiento para desmantelar o eliminar el activo subyacente.

El activo posteriormente se medirá al costo menos depreciación acumulada, y menos deterioro de valor. La medición posterior también puede afectarse por cambios en la medición del pasivo por arrendamiento.

 

Por ejemplo:

Una empresa toma en arriendo un edificio para instalar sus oficinas. El arrendamiento es por 24 meses y se compromete a pagar 1 millón de pesos mensuales. Adicionalmente debe pagar un derecho de llave de 600.000 al momento de la entrega del mismo y el arrendador le otorga un descuento sobre este último concepto del 10%.

 

El pasivo debe medirlo al valor presente de los pagos futuros, descontando la tasa implícita o la tasa incremental. Supongamos que el valor presente es de 21.500.000 (Este dato lo tendríamos que calcular aplicando la formula de Valor Actual). Posteriormente, debe ir reconociendo los intereses implícitos y abonando al crédito los pagos correspondientes al canon por arrendamiento.

 

El activo debería medirse al costo así: (Activo = 21.500.000 – Valor presente del pasivo + 600.000 pago inherente al arrendamiento – 60.000 incentivo) Es decir, el activo por derechos de uso seria de 22.040.000 y se debería depreciar durante el plazo del arrendamiento o sobre la vida útil si es menor al plazo.

Etiqueta:Arrendamientos, Articulos, Contabilidad Colombia, Entrenateenniif, Growing, NIIF, NIIF 16, PYMES

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