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  • ESTAS SON LAS PERSONAS NATURALES OBLIGADAS A DECLARAR RENTA

ESTAS SON LAS PERSONAS NATURALES OBLIGADAS A DECLARAR RENTA

A partir del 10 de agosto comienzan  los plazos para que las personas naturales presenten su declaración de renta. En esta oportunidad vamos a compartir los criterios básicos a tener en cuenta para identificar quienes están obligados según lo contemplado en el Art 1.6.1.13.2.7 Dec. 1625 de 2016 y otras preguntas que son recurrentes.

 

¿Cuáles son las personas naturales que están obligadas a declarar renta este año?

Aquellas que cumplan con los siguientes requisitos:

  • No sean responsables del IVA
  • El 80% o mas de sus ingresos brutos provenga de su relación laboral. (asalariados)
  • El patrimonio bruto no exceda de 4500 UVT (160.232.000)
  • Ingresos brutos inferiores a 1400 UVT (850.000)
  • Consumos mediante tarjeta de crédito inferiores a 1400 UVT (49.850.000)
  • Compras y consumos inferiores a 1400 UVT (49.850.000)
  • Consignaciones bancarias inferiores a 1400 UVT (49.850.000)

 

¿Cuáles son los ingresos que se tienen en cuenta para determinar la obligación?

Se deben sumar todos los ingresos provenientes de cualquier actividad económica, no importa la cedula a la que pertenezcan.

 

¿Si una persona presto la cuenta y por ese motivo supero el tope de las consignaciones, igual queda obligada a declarar renta?

Si. El solo hecho de superar 1400 UVT en consignaciones lo obliga. Es importante tener en cuenta que no todas las consignaciones bancarias cumplen con la definición de ingreso.

 

¿Si una persona no supera los topes, pero quiere declarar puede hacerlo?

Si. La declaración voluntaria tiene efectos legales. Hay personas que lo hacen para posteriormente reclamar los saldos a favor a la Dian o para tener un soporte de su situación tributaria ante los bancos.

 

¿Si una persona estuvo obligada a declarar por el año 2019, pero en el 2020 no cumple con los topes, debe aun así declarar?

No. Los requisitos se evalúan cada año de forma independiente. El hecho de haber estado obligado un año, no significa que los siguientes este obligado.

 

¿Las personas naturales extranjeras están obligadas a declarar renta en Colombia?

Recordemos que no importa la nacionalidad, lo que importa es la residencia fiscal (Ver Art 10 ET). Si la persona es residente fiscal le aplican los mismos criterios que le aplican a los nacionales (también residentes).

Si la persona no es residente fiscal en Colombia, pero todos sus ingresos fueron sometidos a retención en la fuente, entonces no esta obligada a declarar.

 

¿Si la casa esta a nombre de los dos esposos quien debe incluirla dentro del patrimonio para establecer la obligación de declarar?

En Colombia los conyugues declaran por separado (Art 8 ET). Si la casa está a nombre de los dos, para efectos de la declaración de renta, cada cual debe declarar el porcentaje de participación que se estipulo en la escritura pública. Si no se estipulo, entonces se presume que cada uno tiene el 50%.

Si en la escritura aparece solo uno de los conyugues, entonces esa persona es la que debe declarar el bien en su patrimonio.

Etiqueta:Articulos, Contabilidad Colombia, Declaracion de renta, Entrenateenniif, Growing, Impuesto de renta, NIIF, personas naturales, PYMES

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Raul Camacho

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