ESTO SON LOS TRES REGÍMENES DEL IMPUESTO A LA RENTA EN COLOMBIA
En la actualidad existen dos regímenes en el impuesto sobre la renta y un régimen sustitutivo del impuesto sobre la renta aplicable tanto a personas naturales como a personas jurídicas.
Identificar adecuadamente el régimen aplicable a los contribuyentes es fundamental, toda vez que cada uno de estos tres regímenes tiene sus propias reglas para la determinación del impuesto.
Por esta razón, queremos mencionar cuáles son estos tres regímenes, así:
Régimen ordinario del impuesto sobre la renta
Este es el régimen general del impuesto sobre la renta, en el cual podrán estar tanto personas naturales como personas jurídicas.
A este régimen pertenecen las personas jurídicas que no cumplen los requisitos para pertenecer al régimen tributario especial y que no están inscritas en el régimen simple de tributación.
En el caso de las personas naturales, pertenecen a este régimen las personas que no están inscritas en el régimen simple de tributación.
Régimen tributario especial del impuesto sobre la renta
Este régimen es aplicable únicamente a personas jurídicas que han sido constituidas como entidades sin ánimo de lucro y que cumplen con los requisitos para estar calificadas en el régimen tributario especial.
Este régimen tiene varios beneficios, dentro de los que se encuentran el tener una tarifa reducida de impuesto de renta y la renta exenta aplicable a algunos de los contribuyentes de este régimen.
Impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación
Este régimen sustitutivo del impuesto sobre la renta es aplicable tanto a personas jurídicas como a personas naturales que sean residentes fiscales en Colombia.
Es un modelo de tributación opcional y la persona que cumpla los requisitos para poder pertenecer a este régimen decide si quiere tributar como contribuyente del impuesto sobre la renta en el sistema ordinario o si tributa como contribuyente del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación.
Es importante mencionar que las personas sin residencia fiscal en Colombia y las entidades sin ánimo de lucro no podrán pertenecer al régimen simple de tributación.
Fuente: Estatuto Tributario.