Contacto directo 

  • (57) 3142956457
  • rc.growing@gmail.com
Facebook Instagram Youtube Whatsapp
  • Inicio
  • Quienes somos
  • Eventos
  • Cursos
  • Contenido
    • Entrénate en NIFF – Colombia
      • Artículos NIIF Colombia
      • Videos NIIF Colombia
    • Entrénate en NIFF – Internacional
      • Artículos NIIF Internacional
      • Videos NIIF Internacional
    • Growing Consultores Financieros
  • Comunidad
    • Testimoniales
    • Comunidad Entrénate en NIIF
  • Contacto
Menu
  • Inicio
  • Quienes somos
  • Eventos
  • Cursos
  • Contenido
    • Entrénate en NIFF – Colombia
      • Artículos NIIF Colombia
      • Videos NIIF Colombia
    • Entrénate en NIFF – Internacional
      • Artículos NIIF Internacional
      • Videos NIIF Internacional
    • Growing Consultores Financieros
  • Comunidad
    • Testimoniales
    • Comunidad Entrénate en NIIF
  • Contacto
  • Registro
  • Ingresar
Menu
  • Registro
  • Ingresar

Artículos

  • Inicio
  • Blog
  • Artículos
  • ESTOS SON LOS REQUISITOS PARA PERTENECER AL RÉGIMEN TRIBUTARIOS ESPECIAL

ESTOS SON LOS REQUISITOS PARA PERTENECER AL RÉGIMEN TRIBUTARIOS ESPECIAL

El régimen tributario especial es uno de los regímenes del impuesto sobre la renta, aplicable únicamente a entidades sin ánimo de lucro y a entidades del sector cooperativo.

 

Las entidades pertenecientes a este régimen están obligadas a presentar la declaración de renta utilizando el formulario 110.

 

No obstante, tienen algunos beneficios, por ejemplo, en lugar de la tarifa del 35% de las sociedades, les aplica una tarifa reducida del 20%. Además, cuando cumplan requisitos, podrán tratar el beneficio neto o excedente como exento.

 

Requisitos para pertenecer al régimen tributario especial

 

Las asociaciones, fundaciones y corporaciones constituidas como entidades sin ánimo de lucro podrán solicitar la calificación al régimen tributario especial siempre y cuando cumplan los requisitos previstos en el artículo 19 del Estatuto Tributario:

 

“1. Que estén legalmente constituidas.

 

  1. Que su objeto social sea de interés general en una o varias de las actividades meritorias establecidas en el artículo 359 del presente Estatuto, a las cuales debe tener acceso la comunidad.

 

  1. Que ni sus aportes sean reembolsados ni sus excedentes distribuidos, bajo ninguna modalidad, cualquiera que sea la denominación que se utilice, ni directa, ni indirectamente, ni durante su existencia, ni en el momento de su disolución y liquidación, de acuerdo con el artículo 356-1.”

 

Cabe advertir que, según lo dispuesto en el artículo 19-4 del Estatuto Tributario, las entidades del sector cooperativo pertenecen al régimen tributario especial.

 

Nota: Las asociaciones, fundaciones y corporaciones constituidas como entidades sin ánimo de lucro y las entidades cooperativas que están calificadas en el régimen tributario especial  que quieran seguir perteneciendo a este régimen, deberán realizar el proceso de actualización cada año.

 

 

 

 

Fuente: Artículos 19 y 19-4 del Estatuto Tributario.

Etiqueta:Articulos, Contabilidad Colombia, Entrenateenniif, Growing, PYMES, regimen tributario especial

Entrénate en NIIF
Entrénate en NIIF

Publicación anterior

CINCO CLASIFICACIONES DE LAS PERSONAS EN EL IMPUESTO DE RENTA Y REGÍMENES SUTITUTIVOS
2022-08-03

Siguiente publicación

DIEZ ASPECTOS A TENER EN CUENTA EN EL RÉGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL
2022-08-03

Buscador

Categorías

Fecha

Cursos

CHARLAS GRATUITAS – SOLO CLIENTES

CHARLAS GRATUITAS – SOLO CLIENTES

$1
Taller Estrategias y Consejos Prácticos para Utilizar el Material de Entrenamiento Eficazmente

Taller Estrategias y Consejos Prácticos para Utilizar el Material de Entrenamiento Eficazmente

$99,000
Taller Practico Declaración Anual Consolidada del Régimen Simple de Tributación

Taller Practico Declaración Anual Consolidada del Régimen Simple de Tributación

$109,000

Inicie sesión con su cuenta de sitio

¿Perdiste tu contraseña?

¿No eres miembro todavía? Regístrate ahora

Register a new account

Are you a member? Login now

✕