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  • FORMATO 2275. TRES ASPECTOS CLAVE PARA SU ELABORACIÓN

FORMATO 2275. TRES ASPECTOS CLAVE PARA SU ELABORACIÓN

Uno de los formatos a elaborar para la presentación de la información exógena del año gravable 2021 es el formato 2275, en el cual se suministra la información de los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional solicitados por el contribuyente en la declaración tributaria.

A continuación, veremos tres aspectos a tener en cuenta para su elaboración:

 

 

¿Quiénes están obligados a elaborar el formato 2275?

 

De acuerdo al artículo 26 de la resolución 098 de octubre 28 de 2020, estarán obligados “Las personas naturales y sus asimiladas, las personas jurídicas y sus asimiladas y, demás entidades públicas y privadas enunciadas en los literales d), e), f) y g) del artículo 1 de la presente resolución”

 

De esta manera, están obligados a presentar el formato 2275:

“d) Las personas naturales y sus asimiladas que durante el año gravable 2020 o en el año gravable 2021, hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos ($500.000.000); y la suma de los Ingresos brutos obtenidos por rentas capital y/o rentas no laborales durante el año gravable 2021 superen los cien millones de pesos ($100.000.000).

e) Las personas jurídicas y sus asimiladas y demás entidades públicas y privadas que en el año gravable 2020 o en el año gravable 2021 hayan obtenido ingresos brutos superiores a cien millones de pesos ($100.000.000).

f) Las personas naturales y sus asimiladas, las personas jurídicas y sus asimiladas, entidades públicas y privadas, y demás obligados a practicar retenciones y autorretenciones en la fuente a título del impuesto sobre la renta, impuesto sobre las ventas (IVA) y Timbre, durante el año gravable 2021.

g) Establecimientos permanentes de personas naturales no residentes y de personas jurídicas y entidades extranjeras.”

 

 

¿Las personas inscritas en el régimen simple de tributación deben elaborar el formato 2275?

 

En caso de que la persona esté obligada a suministrar información exógena, deberá reportar en el formato 2275.

Lo anterior considerando que en el parágrafo del artículo 904 del Estatuto Tributario se estableció que, los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional no integran la base gravable del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación.

 

Además, en el artículo 26.2 de la resolución 098 de 2020 que dispuso que:

“De acuerdo con lo establecido en el literal k) del artículo 631 del Estatuto Tributario, deberá suministrar la información de los terceros que dieron lugar a la solicitud de ingresos no constitutivos de renta o ganancia ocasional en la declaración de renta o, en la declaración anual consolidada del Régimen Simple de Tributación – SIMPLE del año gravable, conforme con los parámetros establecidos en el Formato 2275 Versión 2; indicando…”

 

 

¿Qué información se debe reportar en el formato 2275?

De conformidad con el artículo 26 de la resolución DIAN 098 de octubre 28 de 2020, deberán informarse los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional, solicitados en la declaración de renta (formularios 110 o 210) o en la declaración del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación (formulario 260), indicando:

 

“1. Concepto solicitado

2. Tipo de documento del tercero

3. Número de Identificación del tercero

4. Apellidos y nombres del tercero

5. Dirección del tercero

6. Buzón, correo o dirección electrónicos

7. Valor del ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional solicitado.”

 

 

 

 

Fuente: Artículos 26 de la resolución DIAN 098 de octubre 28 de 2020.

Etiqueta:Articulos, Contabilidad Colombia, Entrenateenniif, Exogena, Formato 2275, Formatos, Growing, Información exógena, NIIF, PYMES, Regimen simple de Tributacion

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Carlos Andres Osorio

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