PRIMERA PRESENTACION DE LA CONCILIACION FISCAL PARA PERSONAS NATURALES – FORMULARIO 2517
El año gravable 2019, es el primer periodo donde presentaremos la conciliación fiscal como anexo en la declaración de renta para las personas naturales.
El prevalidador para diligenciar el formulario 2517 ya se puede descargar de la pagina de la Dian.
¿Quienes están obligados?
Todos las personas naturales contribuyentes del impuesto de renta y complementarios, obligados a llevar contabilidad. También deben diligenciarlo aquellos que voluntariamente decidan llevar contabilidad y declarar en el formulario 210.
¿Quiénes deben enviarlo a la Dian?
Solo los contribuyentes cuyos ingresos brutos fiscales, superen 45.000 UVT, están obligadas a enviar el formato 2517 por los servicios informáticos electrónicos de la Dian, según lo dispuesto en el artículo 1.7.2 del decreto 1998 de 2017. Las demás personas no están obligadas a enviarlo, pero deben elaborarlo como anexo de la declaración y tenerlo a disposición de la autoridad tributaria para cuando sea requerido.
Activos fijos
Es importante tener en cuenta que el formato 2517, al igual que el 2516, también solicita la información detallada de los activos fijos en la hoja No 6. Esta información será tomada como referencia de los saldos iniciales en la próxima conciliación fiscal; es decir, la que será presentada el año entrante por la vigencia 2020.
La recomendación es revisar muy bien el detalle de los activos fijos y confirmar que toda la información este depurada y correcta, porque si existen errores y se corrigen en los años siguientes, las diferencias serán evidentes, porque la Dian contara por primera vez, con los saldos iniciales detallados de cada una de las partidas de los activos fijos.
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