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PUNTOS CLAVE A TENER EN CUENTA EN LA SUPERVICION DEL SISTEMA DE CONTROL DE CALIDAD – NICC 1

En Colombia, los auditores financieros y/o revisores fiscales, debe tener implementado el sistema de control de calidad, atendiendo las disposiciones de la NICC 1.

El sistema está compuesto por seis elementos. El último de ellos y uno de los más importantes, es el seguimiento o la supervisión. En esta oportunidad les vamos a compartir 5 aspectos que deben tener en cuenta en este elemento:

El apartado 48 de la Norma Internacional de Control de Calidad – NICC 1, menciona que:

¨la firma de auditoria (Profesional individual que actúa como persona natural o sociedad de contadores), establecerá un proceso de seguimiento diseñado para proporcionarle una seguridad razonable de que las políticas y procedimientos relativos al sistema de control de calidad son pertinentes, adecuados y operan eficazmente¨.

Los  procedimientos de seguimiento y/o supervisión deben tener en cuenta, como mínimo lo siguiente:

  • Mínimo un encargo por socio.

Puede ser que, por el tamaño de la firma y la disponibilidad de recursos, sea impracticable revisar todos los encargos en una sola inspección; sin embargo, la norma indica que como mínimo se debe revisar un encargo por cada auditor; es decir, en un equipo de auditores, nadie se debe quedar sin supervisión. (Apartado 48 a) NICC 1)

  • Examen cíclico.

La metodología debe ser cíclica, en cuanto a la frecuencia de las inspecciones, como al alcance de cada una de ellas. El objetivo es que en una serie de inspecciones, durante un tiempo determinado, se logre abarcar el 100% del sistema. (Apartado 48 a) NICC 1)

  • Supervisor.

Se debe nombrar un supervisor del sistema de control de calidad. Este profesional debe ser idóneo y conocer a profundidad la NICC 1, para que tenga buen criterio de evaluación. Puede ser un profesional independiente o un miembro de la firma, siempre que no supervise un encargo en el que haya participado como auditor. (Apartado 48 b y c) NICC 1)

  • Frecuencia.

Como mínimo, se debe practicar una supervisión cada año. La frecuencia debe quedar estipulada en el manual de calidad. El profesional puede escoger una frecuencia diferencia, siempre que no sea superior a un año. (Apartado 53 NICC 1)

  • Seguimiento documentado.

El supervisor deberá entregar por escrito las conclusiones y las deficiencias detectadas en la supervisión. La gerencia de la firma, debe comunicar a todo el equipo de auditores, una descripción de los procedimientos realizados, las conclusiones del proceso de seguimiento, las deficiencias detectadas y las medidas correctivas. (Apartado 53 NICC 1)

 

 

 

Fuente: Apartados 48 al 56 de la Norma Internacional de Auditoria – NIA 315

Etiqueta:Articulos, Contabilidad Colombia, control de calidad, Entrenateenniif, Growing, NICC 1, NIIF, PYMES

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Raul Camacho

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