¿SIGUE VIGENTE LA FACTURA TIPO POS DESPUES DE LA REFORMA TRIBUTARIA?
Con la ley 2155 de 2021 se realizaron algunos cambios en el sistema de facturación electrónica, entre ellos, algunos cambios relacionados con el tiquete P.O.S. que será necesario tener en cuenta para cumplir adecuadamente con el sistema de facturación electrónica.
Es por ello que queremos compartirles 4 puntos relevantes del tiquete P.O.S.:
- ¿Puedo seguir expidiendo el tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S. después de la entrada en vigencia de la ley 2155 de 2021?
Sí, se puede seguir utilizando el tiquete P.O.S, siempre y cuando el valor total de la venta o prestación del servicio, sin incluir impuestos, que se registre en el mismo no supere 5 UVT. En caso de que supere las 5 UVT, el vendedor o prestador del servicio tendrá la obligación de expedir la correspondiente factura electrónica, pues de no hacerlo sería sancionado por la DIAN por no cumplir con el sistema de facturación electrónica.
- ¿Desde cuándo aplica la limitación de las 5 UVT para el uso del tiquete P.O.S.?
Esta limitación aplicará de acuerdo al calendario que expida la DIAN, es decir que, mientras la DIAN no expida el calendario, se podrá seguir expidiendo el tiquete P.O.S aún en los casos en que el valor sea superior a las 5 UVT. Por ahora, las personas naturales y jurídicas tienen tiempo para ir adecuando los sistemas técnicos y tecnológicos y de igual manera ir capacitando al personal encargado de expedir la factura electrónica o el tiquete P.O.S. para que puedan cumplir en debida forma con esta obligación.
- Si realizo una venta inferior a las 5 UVT y el cliente me solicita la factura electrónica ¿Estoy en la obligación de expedir la factura electrónica o puedo expedir el tiquete P.O.S.?
Debo tener en cuenta que, aunque el valor de la operación sea inferior a las 5 UVT, si el cliente solicita la expedición de la factura electrónica, el vendedor o prestador del servicio obligado a facturar deberá expedirla, pues así lo señaló el inciso 2 del parágrafo 2 del artículo 616-1 del E.T.
- ¿El tiquete P.O.S. en cuantías inferiores a las 5 UVT me sirve para soportar costos, deducciones e impuestos descontables?
No, así se estableció en el parágrafo 2 del artículo 616-1 del estatuto tributario al decir que: “Los documentos equivalentes generados por máquinas registradoras con sistema P.O.S no otorgan derecho a impuestos descontables en el impuesto sobre las ventas -IVA, ni a costos y deducciones en el impuesto sobre la renta y complementarios para el adquiriente…”
Fuente: Parágrafo 2 del artículo 616-1 del estatuto tributario, modificado mediante el artículo 13 de la ley 2155 de 2021.
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