En el Estatuto Tributario se estableció la obligación de liquidar un anticipo del impuesto de renta para el año gravable siguiente. En el artículo 807 del Estatuto Tributario se dispuso que: “En el caso de contribuyentes que declaran por primera vez, el porcentaje de anticipo de que trata …
Desde el año gravable 2017 el tratamiento de los gastos pagados por anticipado está contemplado en los artículos 74-1 y 142 del Estatuto Tributario. El numeral 1 del artículo 74-1 del estatuto tributario hace referencia a su costo fiscal: “De los gastos pagados por anticipado, el costo fiscal corresponde …
En el artículo 807 del Estatuto Tributario se estableció la obligación de liquidar un anticipo del impuesto de renta para el año siguiente al gravable. El porcentaje para liquidar el anticipo es del 75%, no obstante, según el inciso 3 del artículo 807 del Estatuto Tributario: “En el …
Anticipo del impuesto de renta Los contribuyentes del impuesto sobre la renta, deben pagar el 25% (Primer año), 50% (Segundo año) o 75% (Siguientes años), sobre el impuesto neto de renta del año corriente a titulo de anticipo (Ver Art 807 ET). La pregunta que surge con respecto al …