De acuerdo con el artículo 18 del Estatuto Tributario los contratos de colaboración empresarial, dentro de los que se encuentran los consorcios y uniones temporales, no son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios. No obstante, en algunos casos, deberán cumplir con la obligación de facturar electrónicamente, así: …
En esta oportunidad revisaremos el tratamiento tributario de las inversiones en uniones temporales. Para ello, iniciaremos indicando que, la unión temporal está definida en el artículo 7 de la ley 80 de 1993 en los siguientes términos: “Cuando dos o más personas en forma conjunta presentan una misma propuesta para la …