TRES ASPECTOS A CONSIDERAR PARA ELABORAR EL FORMATO 2575 DE DONACIONES RECIBIDAS.
En el formato 2575 se deberán reportar las donaciones recibidas en el año gravable 2021. No obstante, este formato no deberá ser presentado por todas las entidades que recibieron donaciones.
Por esta razón, el día de hoy veremos algunos aspectos a tener en cuenta para la elaboración del formato 2575, versión 1, así:
¿Quiénes deberán presentar el formato 2575?
Son las entidades no contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, señaladas en los artículos 22 y 23 del Estatuto Tributario, las obligadas a presentar el formato 2575.
Es importante aclarar que las donaciones que deberán reportarse en el formato 2575 son las que se hayan certificado al donante.
Este formato se presenta utilizando el prevalidador tributario de otros informantes.
¿Qué información se suministra en el formato 2575?
De conformidad con el artículo 39 de la resolución DIAN 098 de 2020, se deberá reportar la siguiente información:
“1. Forma de la donación certificada.
2. Monto de la donación certificada.
3. Tipo de persona donante.
4. Tipo de documento del donante.
5. Número de identificación del donante.
6. Nombres y apellidos o razón social del donante.”
¿Qué deberá tenerse en cuenta para reportar la forma de la donación?
Según el parágrafo 2 del artículo 39 de la resolución DIAN 098 de 2020, en la columna correspondiente a la forma de la donación, deberá utilizarse la siguiente codificación:
“1. Efectivo.
2. Títulos valores.
3. Bienes inmuebles.
4. Bienes muebles.
5. Bienes intangibles.
6. Otros.”
Por ejemplo, si una entidad no contribuyente recibió una donación en efectivo y certificó la donación al donante, deberá reportarla en el formato 2575.
En la columna correspondiente a la forma de la donación deberá diligenciar: 1.
Fuente: Artículo 39 de la resolución DIAN 098 de octubre 28 de 2020 y artículos 22 y 23 del Estatuto Tributario.
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