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  • TRATAMIENTO DE LOS CONTRATOS ONEROSOS BAJO NIIF

TRATAMIENTO DE LOS CONTRATOS ONEROSOS BAJO NIIF

Nadie firma un contrato con la perspectiva de perder dinero en el futuro; sin embargo, en algunos escenarios, esto puede suceder.

El glosario de términos emitido por la IASB define contrato de carácter oneroso (onerous contract)  como:  ¨Un contrato en el cual los costos inevitables de cumplir con las obligaciones que conlleva, exceden a los beneficios económicos que se esperan recibir del mismo.¨ En otras palabras, un contrato oneroso es aquel que se estima producirá perdidas a la entidad.

Ejemplos:

Un contrato de construcción, donde por error en el cálculo de los costos o cambios en los precios  del mercado, el contratista se comprometió a llevar a cabo la obra negociando un ingreso inferior al costo de ejecución cumple con la definición de contrato oneroso. También aquel contrato en el que el  cumplimiento de una clausula sancionatoria lleva a la entidad a una perspectiva de perdida futura.

Una situación que reduzca el margen de rentabilidad inicialmente proyectado, no cumple con la definición; para que se considere  contrato oneroso,  los gastos y costos deben superar los ingresos; es decir, debe estimarse una pérdida.

Tratamiento bajo NIIF

El párrafo 66 de la NIC 37 menciona:  ¨Si la entidad tiene un contrato de carácter oneroso, las obligaciones presentes que se deriven del mismo deben ser reconocidas y medidas, en los estados financieros, como provisiones.¨  En ese sentido, la entidad no debe esperar el tiempo en el que se deben ejecutar los costos y gastos que van a generar la perdida; sino que debe reconocer el gasto y una provisión en el pasivo por la pérdida neta que se espera surja del contrato.

Los criterios de reconocimiento y medición en la NIIF para los contratos onerosos son apenas razonables, considerando que están diseñados para proteger los intereses de los usuarios que se apoyan en los estados financieros para la toma de decisiones.

El tratamiento contable de los contratos onerosos también se encuentra definido en la sección 21 de la NIIF para Pymes.

Etiqueta:Articulos, Contabilidad Colombia, Entrenateenniif, Growing, NIIF, PYMES

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Raul Camacho

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