DOCE CARACTERÍSTICAS DEL RÉGIMEN ORDINARIO DEL IMPUESTO A LA RENTA
El régimen ordinario del impuesto sobre la renta tiene sus propias reglas y características que lo diferencian del régimen tributario especial y del régimen simple de tributación.
En esta oportunidad queremos mencionar doce características del régimen ordinario del impuesto sobre la renta, así:
- Las personas naturales sin residencia fiscal determinan el impuesto de renta por el sistema de renta global; las personas naturales con residencia fiscal en Colombia determinan el impuesto de renta por el sistema de renta cedular.
- Para las personas jurídicas se determina el impuesto de renta por el sistema de renta global.
- En el proceso de depuración de la renta se admiten costos y gastos procedentes, deducciones especiales y rentas exentas.
- Se pueden generar pérdidas fiscales que podrán compensarse en las declaraciones de renta de los años gravables siguientes.
- Para las personas jurídicas existe una tarifa general del 35% (aplicable al año gravable 2022 y siguientes) y otras tarifas reducidas.
- Para las personas naturales que sean residentes fiscales se estableció una tabla con fórmulas para calcular el impuesto de renta.
- Existen descuentos tributarios por impuestos pagados en el exterior, por donaciones e inversiones que cumplen ciertos requisitos.
- Se debe calcular un anticipo del impuesto de renta del 25%, 50% o 75%, según corresponda.
- Los contribuyentes del régimen ordinario están sujetos a retenciones en la fuente que podrán descontarse en la declaración de renta.
- Les aplica el sistema de renta presuntiva, aunque en la actualidad la tarifa es del 0%.
- Les aplica la renta por comparación patrimonial.
- Les aplica el beneficio de auditoría.
Fuente: Estatuto Tributario.